No, al tratarse de un procedimiento que se tramita de mutuo acuerdo, no es necesaria la celebración de querella, por ser las partes las que llegan a sus acuerdos en el convenio regulador, convenio que constará adjuntado en la resolución que dicte el Mediador. Se condena a la clínica https://avvocatoperreatifacebookw87542.liberty-blog.com/29828720/datos-sobre-abogado-revelados